Larga duración y fiscalidad de la empresa en Marruecos: gastos, IVA y lo que conviene saber
19 de septiembre de 2026 · 7 min de lectura · tripn’Go
La cuota de larga duración es un gasto, pero no un gasto cualquiera. Las reglas generales de deducibilidad e IVA, y los puntos que debe confirmarte tu asesor contable.

Una de las razones por las que las empresas eligen la larga duración tiene que ver con la contabilidad: una cuota mensual se imputa como gasto, mientras que una compra se activa y se amortiza. Pero las normas marroquíes acotan ese tratamiento, sobre todo en los turismos. Estos son los principios generales. No sustituyen la opinión de tu asesor contable, que conoce tu régimen y tu actividad.
La cuota es un gasto de explotación
Las cuotas de alquiler de larga duración son gastos deducibles del resultado imponible, siempre que el vehículo se use para la actividad de la empresa. Cada mes, tripn'Go emite una factura con la cuota sin IVA y el IVA correspondiente. Esa factura es la que justifica el gasto.
El tope de los turismos
El código general de impuestos marroquí limita la deducibilidad de las amortizaciones de los turismos a un valor de adquisición con tope, fijado en 300.000 dirhams con IVA incluido y amortizado en cinco años. La misma lógica se aplica a los vehículos alquilados o en arrendamiento financiero: la parte de la cuota que corresponde a la amortización por encima de ese tope no es deducible. En los modelos de la tabla de tripn'Go, del Picanto al Tucson, el precio de adquisición queda muy por debajo del tope, y en la práctica la cuestión solo se plantea con vehículos de gama alta. Este tope no afecta a los vehículos industriales.
El IVA sobre las cuotas
Las cuotas de alquiler de vehículos están sujetas al IVA al tipo normal. Que el arrendatario pueda recuperar ese IVA depende del tipo de vehículo y de la actividad: por regla general, el IVA de los turismos y de su alquiler no es recuperable, salvo en empresas cuyo objeto es ese, como las de alquiler, las autoescuelas o el transporte de viajeros. En un vehículo industrial afecto a la explotación, la recuperación sí es posible. Tu asesor contable te confirmará tu caso.
Lo que queda en la práctica
- Una cuota de 4.720 dirhams sin IVA por un Dacia Duster a 36 meses, facturada cada mes con su IVA
- Un gasto mensual contabilizado según van llegando las facturas, sin activo ni cuadro de amortización
- Ningún vehículo en el balance, así que ninguna plusvalía ni minusvalía que gestionar al terminar el contrato
- Un IVA recuperable o no según el tipo de vehículo y tu actividad
La retribución en especie para el empleado
Si el vehículo se pone a disposición de un empleado para uso personal además del uso profesional, esa cesión constituye una retribución en especie tributable para él, con reglas de valoración concretas. Es un asunto que se trata con la gente de nóminas, no con el arrendador, pero conviene preverlo al elegir el modelo.
En resumen: la larga duración simplifica la contabilidad y la tesorería, y la cuota es deducible dentro de los límites previstos para los turismos. Las cuestiones de IVA y de retribución en especie dependen de tu situación. Diez minutos de conversación con tu asesor contable, con el presupuesto delante, bastan para resolverlas.
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